Suspendieron al único intendente libertario de Río Negro y la UCR recupera el control de Allen

Marcelo Román fue apartado preventivamente por el Concejo Deliberante tras ser imputado por presunto peculado y administración fraudulenta. Asumirá el presidente del cuerpo, Fabián Figueroa.

El Concejo Deliberante de Allen suspendió este miércoles al intendente Marcelo Román, el único jefe comunal de La Libertad Avanza en Río Negro, luego de que la Justicia le formulara cargos por los presuntos delitos de peculado y administración fraudulenta. La medida fue aprobada por seis votos contra tres y permanecerá vigente hasta que exista una resolución definitiva en la causa penal.

Con la suspensión, el presidente del Concejo Deliberante, Fabián Figueroa, referente de la UCR Auténtica, asumirá de manera interina la conducción del Ejecutivo municipal. De este modo, el radicalismo vuelve a gobernar Allen y suma otro municipio bajo su administración en Río Negro, junto con Guardia Mitre y Darwin.

Además, Román dejará de percibir su salario y cualquier otra remuneración mientras dure el apartamiento.

El avance de la causa cambió el escenario político

Tal como había anticipado Letra P, el proceso judicial terminó por alterar el equilibrio político en Allen. Mientras avanzaba la iniciativa ciudadana para impulsar la revocatoria del mandato del intendente, la oposición ya reunía los votos necesarios para desplazarlo de manera preventiva, amparándose en la Carta Orgánica Municipal.

La suspensión marca un nuevo capítulo en la historia institucional de la ciudad. El antecedente más cercano se remonta a 1999, cuando el entonces intendente radical Ulises Gentile enfrentó un proceso de revocatoria promovido por vecinos. En aquella oportunidad se trató de la primera utilización relevante de los mecanismos de democracia participativa previstos en la Carta Orgánica, aunque ahora el apartamiento fue resuelto directamente por el Concejo Deliberante.

El fundamento jurídico de la suspensión

La sesión comenzó cerca de las 11 con el tratamiento de un proyecto elaborado a partir del dictamen del asesor legal del Concejo Deliberante, Néstor Soler, quien consideró procedente aplicar el artículo 109 de la Carta Orgánica tras la formulación de cargos dispuesta por la Justicia.

La normativa establece que, cuando un funcionario es imputado en una causa penal y existe intervención del tribunal competente, el Concejo debe resolver, previo dictamen jurídico, si corresponde disponer una suspensión preventiva. También prevé que, si el funcionario resulta absuelto, recuperará automáticamente su cargo, mientras que una condena firme derivará en su destitución.

En su dictamen, Soler sostuvo que la medida tiene como objetivo “la preservación de las pruebas que aún restan producirse”. Entre ellas mencionó las declaraciones pendientes de diez empleados municipales y diversas pericias contables solicitadas por la fiscalía y la querella, cuya realización, según argumentó, podría verse comprometida si Román continuaba en funciones.

El oficialismo denunció un “golpe institucional”

Antes del inicio de la sesión, Marcelo Román difundió una carta pública en la que cuestionó el accionar del Concejo y acusó a la oposición de intentar quedarse con el gobierno municipal sin haber ganado las elecciones.

“Hoy estaríamos ante un golpe institucional antidemocrático y no estará solamente en discusión este intendente. Estará en discusión si una mayoría circunstancial puede reemplazar la voluntad del pueblo y violar la Carta Orgánica Municipal”, expresó.

Los tres concejales oficialistas acompañaron esa postura y votaron en contra de la suspensión. La edil Valeria Bezic sostuvo que el Concejo estaba invadiendo facultades propias del Poder Judicial y advirtió sobre el precedente institucional que podría generar la medida si la Justicia termina declarando inocente al jefe comunal.

La oposición defendió la aplicación de la Carta Orgánica

Desde la oposición rechazaron las acusaciones del oficialismo y aseguraron que la suspensión no constituye una sanción anticipada, sino el cumplimiento de una obligación prevista en la Carta Orgánica.

La concejala Agustina Sánchez (JSRN) afirmó que el objetivo es preservar la institucionalidad y garantizar transparencia mientras avanza la investigación judicial. En la misma línea, Gustavo Addamo negó que se trate de un “golpe institucional” y aseguró que el Concejo simplemente está aplicando la normativa vigente.

Por su parte, Guillermo Pennesi recordó que el proceso se originó a partir de una resolución judicial y no de una decisión política.

“Llegamos a esta instancia por los numerosos errores cometidos por el intendente y por un dictamen de la Justicia. Hay una cuestión legal y también ética; no somos seis locos los que promovemos esto”, afirmó durante el debate.

La investigación contra Marcelo Román

La causa tuvo un punto de inflexión el pasado 18 de junio, cuando la jueza de Garantías Natalia González formuló cargos contra Marcelo Román y el empresario Sebastián Ocampo por la presunta compra irregular de un teléfono celular con fondos municipales y su posterior entrega.

De acuerdo con la hipótesis de la fiscalía, entre marzo de 2024 y julio de 2025 el municipio adquirió un teléfono celular valuado en 479.999 pesos mediante un plan corporativo. El dispositivo permaneció asociado a una línea telefónica abonada con recursos públicos, lo que habría generado un gasto total de 596.812,38 pesos.

La magistrada fijó un plazo inicial de dos meses para profundizar la investigación y ordenó nuevas medidas de prueba, entre ellas testimonios y pericias contables. Precisamente, la existencia de diligencias pendientes fue uno de los principales argumentos utilizados para justificar el apartamiento preventivo del intendente.

En paralelo, continúa en trámite la iniciativa ciudadana presentada por la docente jubilada Silvina Susana Cantero, quien impulsó una campaña de recolección de firmas para solicitar la revocatoria del mandato de Román. El expediente ingresó formalmente al Concejo Deliberante en el marco del artículo 98 de la Carta Orgánica Municipal, que habilita ese mecanismo cuando el pedido cuenta con el respaldo de al menos el 10% del padrón electoral.

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