La Cámara Federal de Casación Penal declaró desierto el recurso presentado por la querella del Presidente contra el periodista. La presentación fue realizada fuera del plazo legal y dejó firme el cierre de la causa. Además, el juez Alejandro Slokar destacó la protección constitucional de la libertad de expresión frente a las críticas a funcionarios públicos.
La Justicia le puso punto final a la denuncia que Javier Milei había iniciado contra el periodista Ari Lijalad. La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal declaró desierto el recurso presentado por la querella presidencial, luego de constatar que había sido presentado fuera del plazo establecido.
La decisión fue adoptada por los jueces Daniel Petrone y Diego Barroetaveña, quienes consideraron que la presentación realizada por el abogado del Presidente, Francisco Oneto, resultó extemporánea. De esta manera, quedó firme el cierre de la causa contra Lijalad, que ya había sido desestimada en las instancias anteriores.
El dato que expone a la representación de Milei es concreto: la querella había sido emplazada el 13 de mayo para mantener el recurso ante Casación, pero recién realizó la presentación el 19 de junio. Para la mayoría del tribunal, el plazo ya estaba vencido y, por ese motivo, ni siquiera correspondía avanzar en el análisis de los argumentos planteados.
La causa contra Lijalad quedó definitivamente cerrada
El expediente se había iniciado a partir de una denuncia de Milei contra Lijalad por una columna publicada en El Destape en mayo de 2025, titulada “Milei, entre el odio a la información y el discurso nazi”.
El periodista había sido denunciado por calumnias e injurias, pero el juez Daniel Rafecas desestimó la denuncia al considerar que no existía delito. Esa decisión posteriormente fue confirmada por la Cámara Federal porteña.
La representación del Presidente intentó llevar el caso a Casación para revertir ese cierre. Sin embargo, el incumplimiento de los plazos procesales terminó frustrando el recurso.
Con la resolución de la Cámara Federal de Casación Penal, la vía penal ordinaria quedó agotada y la decisión que había favorecido al periodista adquirió firmeza.
Slokar puso el foco en la libertad de expresión
Aunque Petrone y Barroetaveña resolvieron el caso a partir de la presentación fuera de término, el juez Alejandro Slokar coincidió con el rechazo del recurso y fue más allá al analizar el fondo de la cuestión.
En su voto, destacó la importancia de la libertad de información como garantía fundamental para el funcionamiento democrático y remarcó que la protección constitucional de la libertad de expresión adquiere especial relevancia cuando las expresiones cuestionadas involucran a un funcionario público.
El magistrado sostuvo que el derecho penal no constituye la vía menos lesiva para proteger a un funcionario frente a expresiones periodísticas y recordó que quienes ocupan cargos públicos están sometidos a un mayor nivel de escrutinio por parte de la sociedad.
También consideró que las expresiones de Lijalad estaban vinculadas con su actividad periodística y con cuestiones de interés público, por lo que se encontraban amparadas por la protección constitucional de la libertad de expresión.
Un nuevo traspié judicial para el Presidente
El resultado representa un nuevo revés para Milei en su intento de avanzar judicialmente contra un periodista por expresiones críticas hacia su figura.
En este caso, además, la causa no llegó a una discusión de fondo en Casación debido a un aspecto procesal elemental: el recurso de la querella fue presentado después de vencido el plazo legal.
La situación dejó un resultado particularmente incómodo para el Gobierno: la denuncia contra Lijalad ya había sido desestimada por inexistencia de delito y, cuando la representación presidencial intentó insistir ante Casación, el recurso terminó quedando fuera de plazo.
Así, la Justicia cerró definitivamente el expediente mientras uno de los votos del tribunal volvió a remarcar un principio central para el sistema democrático: las críticas dirigidas contra quienes ejercen funciones públicas cuentan con una protección reforzada frente al uso del derecho penal.

