La medida rige desde el 1° de junio de 2026 y busca simplificar trámites para los empleadores. La Ciudad mantendrá las facultades de fiscalización e inspección laboral.
El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires eliminó la obligación de rubricar documentación laboral ante la autoridad local, una medida que apunta a simplificar los trámites administrativos para los empleadores y adecuar la normativa porteña al nuevo marco legal vigente.
La resolución establece que, desde el 1° de junio de 2026, dejó de ser obligatorio realizar la rúbrica de documentación laboral que contemplaba el artículo 52 de la Ley de Contrato de Trabajo, modificado por la Ley 27.802 y reglamentado por el Decreto 407/2026.
De esta manera, el período correspondiente a mayo de 2026 fue el último alcanzado por el régimen de rúbrica que ahora queda sin efecto. La nueva normativa también deroga las resoluciones y disposiciones que regulaban ese procedimiento.
El ministro de Justicia de la Ciudad, Gabino Tapia, destacó que la decisión “refleja el compromiso del Gobierno de la Ciudad con una administración moderna, eficiente y alineada con el marco normativo vigente”.
“Eliminar trámites que ya no tienen sustento legal reduce costos, simplifica procesos y brinda mayor previsibilidad a quienes generan empleo”, sostuvo.
Por su parte, el subsecretario de Trabajo y Empleo, Horacio Bueno, señaló que la medida se enmarca en la decisión del jefe de Gobierno, Jorge Macri, de avanzar “hacia un Estado más moderno y eficiente”.
Según explicó, la modificación permite “eliminar trámites innecesarios sin afectar los controles” sobre el cumplimiento de las normas laborales.
La Ciudad mantendrá los controles laborales
Desde la Secretaría de Trabajo y Empleo aclararon que la eliminación de la rúbrica no implica cambios en las facultades de fiscalización, inspección y sanción previstas por la Ley 265.
En ese sentido, la Ciudad continuará controlando el cumplimiento de la normativa laboral y las condiciones de salud, higiene y seguridad en los lugares de trabajo.
La resolución también contempla los trámites que ya se encontraban iniciados antes del 1° de junio. Estos continuarán bajo las reglas vigentes al momento de su presentación, con el objetivo de garantizar seguridad jurídica a los empleadores.
Además, la Dirección General Relaciones del Trabajo tendrá a su cargo definir el tratamiento de las solicitudes pendientes y, cuando corresponda, disponer el reintegro de los aranceles que hayan sido abonados.
Por último, el organismo deberá adecuar los sistemas informáticos, procedimientos administrativos e instructivos al nuevo régimen. La rúbrica continuará vigente únicamente para aquellos trámites establecidos por leyes especiales que permanezcan bajo competencia de la autoridad laboral porteña.

