AGIP extendió hasta abril la moratoria para regularizar deudas en la Ciudad

El organismo prorrogó el régimen hasta el 30 de abril, con planes de hasta 48 cuotas y condonación total de intereses para quienes paguen al contado.

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) resolvió prorrogar por tres meses el plazo de adhesión a la moratoria para regularizar deudas tributarias en la Ciudad de Buenos Aires. La nueva fecha límite será el 30 de abril, medida que se adoptó ante el elevado nivel de adhesión registrado desde la implementación del régimen.

El organismo confirmó además que los contribuyentes que opten por cancelar el total de la deuda en un solo pago podrán acceder a la condonación del 100% de los intereses. Este beneficio estará vigente hasta el 31 de enero y apunta a incentivar la regularización inmediata de obligaciones vencidas.

La moratoria contempla planes de financiación de hasta 48 cuotas, con una reducción progresiva de intereses de acuerdo con la fecha de adhesión y la modalidad de pago seleccionada. Como novedad, AGIP elevó a $4 millones el monto máximo para acceder a la boleta de cuota única, una opción diseñada para agilizar y simplificar el proceso de regularización.

Esta modalidad se encuentra disponible para deudas de hasta ese monto correspondientes a Inmobiliario/ABL y Patentes. Los contribuyentes que elijan el pago al contado podrán generar la boleta desde la opción “Consulta de Boletas” del sitio web de AGIP o abonarla directamente a través de Home Banking.

La adhesión a la moratoria se realiza de manera 100% online, en línea con el plan del organismo para digitalizar y agilizar los trámites. Existen dos alternativas para sumarse: mediante la Nueva Cuenta Corriente Tributaria, ingresando al Portal del Contribuyente, o a través de la boleta de cuota única, pensada para deudas de menor monto.

La boleta única incluye el total adeudado por períodos vencidos hasta el 31 de agosto de 2025, tanto en instancia administrativa como judicial, con excepción de las obligaciones correspondientes a agentes de recaudación. En estos casos, los intereses ya se encuentran condonados y la boleta figura identificada como Cuota 219 – “Cuota Única Moratoria 2025”.

Leave a Reply